5 de noviembre de 2017

5/11/2017 Reconocimiento [2]

La frase del día:
Nunca hubo guerra buena ni paz mala Benjamin Franklin

N° de Expediente: C07-0483 N° de Sentencia: 120
Tema: Reconocimiento del Imputado
Materia: Derecho Procesal Penal
Asunto: Práctica en la Fase Preparatoria
Martes, 04 de marzo de 2008

...el Reconocimiento de Imputado bajo el actual Código Orgánico Procesal Penal, debe practicarse en la fase preparatoria del proceso, y no en la audiencia oral y pública llevada por el Tribunal de Juicio, como lo plantea la recurrente.

N° de Expediente: C07-0483 N° de Sentencia: 120
Tema: Reconocimiento del Imputado
Materia: Derecho Procesal Penal
Asunto: Actuación procesal propia de la etapa de investigación
Martes, 04 de marzo de 2008

...el juez de juicio no puede participar en la realización del acto de reconocimiento en rueda de imputado, como hace referencia la recurrente, ya que ésta actuación procesal forma parte de las facultades inherentes y propias de la etapa de investigación.

N° de Expediente: C06-0243 N° de Sentencia: 205
Tema: Reconocimiento del Imputado
Materia: Derecho Procesal Penal
Asunto: El señalamiento de un testigo o de la víctima al imputado en el debate oral no se considera el reconocimiento del imputado establecido en la norma adjetiva
Viernes, 04 de mayo de 2007

... el Juez de Juicio sólo le dio valor probatorio a los reconocimientos que hicieran los testigos (...) durante el debate, esto resulta improcedente, por cuanto de esta manera la sentencia se estaría fundamentando en una prueba obtenida ilegalmente, debido a que el acto de reconocimiento efectuado en esas condiciones, es decir, realizado en la Sala de Audiencias, se hace en contravención a las formalidades establecidas en los artículos 230 y 231 del Código Orgánico Procesal Penal, por lo tanto dicho acto es nulo, porque implica la inobservancia o violación de garantías constitucionales establecidas en el artículo 49 de la Constitución y los artículos 190 y 191 del Código Orgánico Procesal Penal.

Tomando en consideración lo anterior, le asiste la razón a la defensa, sin embargo (...) aún cuando tal vicio existe, resulta inoficioso declarar con lugar la presente denuncia y anular el juicio por tal motivo, pues, si bien es cierto que tales reconocimientos contenidos en las declaraciones de los testigos en juicio son nulos, en autos existen otras pruebas que sirvieron de fundamento al Juez Unipersonal en funciones de Juicio para condenar a los acusados de autos...

N° de Expediente: C06-0089 N° de Sentencia: 301
Tema: Reconocimiento del Imputado
Materia: Derecho Procesal Penal
Asunto: El señalamiento de un testigo o de la víctima al imputado en el debate oral no se considera como el reconocimiento del imputado establecido en la norma adjetiva.
Jueves, 29 de junio de 2006

...es erróneo afirmar que la declaración dada en el debate oral, bien sea por un testigo o una víctima, señalando o identificando al acusado como la persona que intervino en los hechos que se juzgan, se corresponde al reconocimiento de imputados, establecido en el artículo 230 del Código Orgánico Procesal Penal y por ello tampoco puede considerarse que dicha declaración en estos términos es nula o anulable...

La frase del día:
Nunca hubo guerra buena ni paz mala Benjamin Franklin

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