20 de diciembre de 2024

20-12-2024 / Análisis adecuado

Sentencia No. 650 de fecha 04-DIC-2024 emanada por la Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia: Magistrada Ponente Doctora ELSA JANETH GÓMEZ MORENO

Los jueces de Primera Instancia en funciones de Juicio, tienen el deber de realizar el análisis adecuado que los lleve a concluir cómo verdaderamente sucedieron los hechos, y, que del examen efectuado no emerjan dudas, ni lagunas. Más aún, es probable que en la comprobación de los hechos no se llegue a establecer la totalidad de las circunstancias que señale el Ministerio Público en su acusación, siendo la situación más factible que estas varíen un poco, de allí que el análisis del medio probatorio debe ser exhaustivo y completo.

Enlace a la Sentencia:

La frase del día 
El "ya lo sé" mata más carreras que el fracaso

20-12-2024 / Jurisprudencias citadas

Sentencia No. 650 de fecha 04-DIC-2024 emanada por la Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia: Magistrada Ponente Doctora ELSA JANETH GÓMEZ MORENO

De esta manera, es necesario precisar que las ilustraciones y explicaciones contenidas en actos ajenos al fallo recurrido, como lo son, los textos y jurisprudencias citadas, no alcanzan por si solas a cumplir con el requisito esencial de la motivación de la sentencia, por ello en casos como el puesto al examen de la Sala, donde el fallo cuestionado en amparo buscó –como se pudo apreciar de la transcripción ut supra–, estructurar su motiva con un sinfín de citas de doctrina y precedentes judiciales, es claro que la labor de motivación no fue cumplida, pues no se pudo conocer en la sentencia dictada por la Juez de Juicio, cuál fue la explicación racional de la misma.

Enlace a la Sentencia:

La frase del día 
El "ya lo sé" mata más carreras que el fracaso

20-12-2024 / Deber de motivar

Sentencia No. 650 de fecha 04-DIC-2024 emanada por la Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia: Magistrada Ponente Doctora ELSA JANETH GÓMEZ MORENO

En tal sentido, la motivación es una garantía final de un proceso realizado correctamente y que la misma emana de un razonamiento lógico y jurídico, donde queda plasmado el análisis y la conclusión del fallo emitido, para que tanto el justiciable como la colectividad, conozcan las razones que condujeron al dictamen de un determinado fallo.

La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia, en lo referente a la motivación de las sentencias, ha referido en sentencia N° 292, de fecha 25 de julio de 2016, lo siguiente:

“(…) Sobre el deber de motivar las decisiones, ha sido reiterada y profusa la jurisprudencia tanto de la Sala Constitucional como de esta Sala de Casación Penal, al indicar que la motivación constituye la garantía final de que el proceso fue realizado correctamente y la del mismo emana de un razonamiento lógico y jurídico, donde queda plasmado el análisis y la conclusión del fallo emitido, para que tanto el justiciable como la colectividad conozcan las razones que llevaron a tomar la decisión, sea condenatoria, absolutoria o de sobreseimiento (…)” [sic] [Resaltado de la Sala].

Enlace a la Sentencia:

La frase del día 
El "ya lo sé" mata más carreras que el fracaso

20-12-2024 / Inmotivación

Sentencia No. 650 de fecha 04-DIC-2024 emanada por la Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia: Magistrada Ponente Doctora ELSA JANETH GÓMEZ MORENO

Respecto a la institución de la inmotivación o falta de motivación de las sentencias, ha referido el Máximo Tribunal de la República, que es un deber de los jueces motivar adecuadamente sus decisiones, ya que lo contrario -la inmotivación y la incongruencia- atenta contra el orden público, hace nulo el acto jurisdiccional que adolece del vicio y, además, se aparta de los criterios que ha establecido la Sala sobre el particular. (Vid. sentencia N° 1316 dictada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia el 8 de octubre de 2013).

(...)

De lo anterior, se hace necesario citar la sentencia número 237, de fecha 4 de agosto de 2022, mediante la cual esta Sala de Casación Penal expresó:

“…existirá inmotivación en aquellos casos donde haya ausencia de fundamentos de hecho y de derecho en la apreciación de los diferentes elementos probatorios cursantes en autos…”. (sic)

Enlace a la Sentencia:

La frase del día 
El "ya lo sé" mata más carreras que el fracaso

20-12-2024 / Tutela J. E.

Sentencia No. 650 de fecha 04-DIC-2024 emanada por la Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia: Magistrada Ponente Doctora ELSA JANETH GÓMEZ MORENO

Así como la sentencia N° 708, del 10 de mayo de 2001, dictada por la Sala Constitucional, referida al principio de la Tutela Judicial Efectiva y el deber de los órganos judiciales de dar respuesta a las pretensiones que le han sido planteadas, en los términos siguientes:

“(…) El derecho a la tutela judicial efectiva (…) comprende el derecho a ser oído por los órganos de administración de justicia establecidos por el Estado, es decir, no sólo el derecho de acceso sino también el derecho a que, cumplidos los requisitos establecidos en las leyes adjetivas, los órganos judiciales conozcan el fondo de las pretensiones de los particulares y, mediante una decisión dictada en derecho, determinen el contenido y la extensión del derecho deducido (…). En un Estado social de derecho y de justicia (…) la interpretación de las instituciones procesales debe ser amplia, tratando que si bien el proceso sea una garantía para que las partes puedan ejercer su derecho de defensa, no por ello se convierta en una traba que impida lograr las garantías que el artículo 26 constitucional instaura (…)” [sic] [Resaltado de la Sala].

Enlace a la Sentencia:

La frase del día 
El "ya lo sé" mata más carreras que el fracaso

20-12-2024 / Motivación

Sentencia No. 650 de fecha 04-DIC-2024 emanada por la Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia: Magistrada Ponente Doctora ELSA JANETH GÓMEZ MORENO

Al respecto, considera la Sala, que el establecimiento de los hechos constituye la base fáctico-jurídica de toda sentencia, pues es con ello que el juez puede subsumir la conducta del individuo dentro de un determinado tipo penal, en consecuencia, siendo el establecimiento de los hechos la garantía tanto para las partes como para el Estado, que la decisión del juzgador es la fiel expresión del resultado del análisis, valoración y comparación de todas y cada una de las pruebas del proceso, tampoco se puede concebir que con la mera transcripción de las pruebas se establezcan los hechos, es imprescindible para ello que el juez exprese en forma clara y no deje lugar a dudas, cuáles son los hechos que él consideró probados a través del análisis y valoración que le merecieron las pruebas, lo cual no ocurrió en el caso de marras.

La motivación de las sentencias constituye un requisito de seguridad jurídica que permite establecer con exactitud y claridad a las diferentes partes que intervienen en el proceso, cuáles han sido los motivos de hecho y de derecho, que en su respectivo momento han determinado al Juez, para que declare el derecho a través de decisiones debidamente fundamentadas en la medida que éstas se hacen acompañar de una enumeración congruente, armónica y debidamente articulada de los distintos elementos que cursan en las actuaciones y se eslabonan entre sí, los cuales, al ser apreciados jurisdiccional y soberanamente por el Juez, convergen a un punto o conclusión serio, cierto y seguro.

Enlace a la Sentencia:

La frase del día 
El "ya lo sé" mata más carreras que el fracaso

19 de diciembre de 2024

19-12-2024 / Ratifique o rectifique [2]

Sentencia No. 642 de fecha 04-DIC-2024 emanada por la Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia: Magistrada Ponente Doctora ELSA JANETH GÓMEZ MORENO

En el caso de no aceptar la solicitud de sobreseimiento, el juez enviará las actuaciones al Fiscal Superior del Ministerio Público para que mediante pronunciamiento motivado ratifique o rectifique la petición fiscal y, en el caso de ratificar el pedido de sobreseimiento, el Juez deberá dictarlo pudiendo dejar a salvo su opinión en contrario.

Por último, en caso que el sobreseimiento sea dictado con ocasión a la celebración de la audiencia preliminar o en la etapa de juicio, deberá seguirse conforme lo dispuesto en los artículos 303 y 304 del Código Orgánico Procesal Penal, atendiendo igualmente lo preceptuado en el artículo 306, eiusdem, previamente aludido.

Enlace a la Sentencia:

La frase del día 
"Si matas una cucaracha eres un héroe. Si matas una hermosa mariposa, eres malo. La moral tiene criterios estéticos" - Friedrich Nietzsche