DERECHO PROCESAL PENAL
Prohibición de informar. A todos los funcionarios policiales se les prohíbe dar información a terceros acerca de las diligencias que practiquen, de sus resultados y de las órdenes que deben cumplir, de acuerdo al Código Orgánico Procesal Penal.
La infracción de esta disposición se sancionará conforme a la ley.
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