13 de mayo de 2013

Acep. ilíc. de hon.

DERECHO PENAL

Aceptación ilícita de honores. El venezolano que acepte: honores, pensiones u otras dádivas, de alguna nación extranjera que se halle en guerra con Venezuela, será castigado con presidio de seis (6) a doce (12) años.

No hay comentarios.:

Publicar un comentario

Su comentario será respondido a la brevedad. ¡Gracias por comentar!