DERECHO PROCESAL PENAL
Citación del ausente. Si el funcionario tiene conocimiento que la persona a quien va dirigida la citación está ausente, así lo hará constar al dorso de la boleta, junto a cualquier información que se le suministre sobre paradero, para que el tribunal dicte las decisiones procedentes.
No hay comentarios.:
Publicar un comentario
Su comentario será respondido a la brevedad. ¡Gracias por comentar!