DERECHO PENAL
Reducción a esclavitud. Cualquiera que reduzca a esclavitud a alguna persona, o lo someta a condición semejante, será castigado con presidio de seis (6) a doce (12) años.
Los que intervengan en la trata de esclavos incurren en la misma pena: de seis (6) a doce (12) años de presidio.
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