DERECHO PENAL
De los delitos contra la administración de justicia. De la negativa a servicios legalmente debidos
Exención de comparecencia. Todo individuo que llamado por la autoridad judicial en calidad de: testigo, experto, médico, cirujano, o intérprete, se excuse de comparecer sin motivo justificado:
será castigado con prisión de 15 días a 3 meses. El que habiendo comparecido, rehúse sin razón legal sus deposiciones, o el cumplimiento del oficio que ha motivado su citación: incurrirá en la misma pena.
Además de la prisión, se impondrá al culpable la inhabilitación en el ejercicio de su profesión, o arte, por un tiempo igual al de la prisión, terminada ésta.
Fuente. Código Penal: Gaceta Oficial Nº 5768, extraordinario 13-04-2005.
No hay comentarios.:
Publicar un comentario
Su comentario será respondido a la brevedad. ¡Gracias por comentar!