12 de junio de 2013

Sim. obj. Au. cal.

DERECHO PENAL

De la simulación de hechos punibles

Simulación objetiva. Auto calumnial. Cualquiera que denuncie a la autoridad judicial, o a algún funcionario de instrucción, un hecho punible supuesto, o imaginario:

será castigado con prisión de 1 a 15 meses. Al que simule los indicios de un hecho punible, de modo que dé lugar a un principio de instrucción: se le impondrá la misma pena.

El que ante esta autoridad judicial declare falsamente que ha cometido, o ha ayudado a cometer algún hecho punible, de modo que dé lugar a un principio de instrucción, a menos que su declaración sea con el objeto de salvar a algún pariente cercano, un amigo íntimo, o su bienhechor: incurrirá igualmente en la propia pena.

Fuente. Código Penal: Gaceta Oficial Nº 5768, extraordinario 13-04-2005.

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