¿Cómo se materializa en Venezuela el control previo de
la constitucionalidad de los tratados internacionales sobre derechos humanos?.
Control previo de la
constitucionalidad, 336.5 C.
N. Atribuciones de la
Sala Constitucional del T. S. J. Son atribuciones de la Sala Constitucional
del T. S. J.:
5.
Verificar, a solicitud del Presidente de la República, o de la A. N., la conformidad con la Constitución Nacional
de los tratados internacionales suscritos por Venezuela, antes de su
ratificación.
Cuando
se suscribe un tratado internacional, tiene que ser ratificado para que forme
parte del ordenamiento jurídico venezolano. Para que se produzca esa
ratificación se requiere que ese tratado sea examinado y que se le dé el visto
bueno, para que no haya inconstitucionalidad en el mismo. El visto bueno se le
da ya sea a solicitud del Presidente de la República, o de la Asamblea Nacional.
Sala Constitucional, 194,
15-02-2001, Iván Rincón Urdaneta. Allí dice que la Sala Constitucional
tiene el control preventivo de la constitucionalidad: "... La Sala Constitucional
tiene dentro de sus competencias el control preventivo de la constitucionalidad
de los tratados internacionales, la cual es ejercida a instancia del Presidente
de la República
o de la Asamblea
Nacional; las de control preventivo de la constitucionalidad
de los proyectos de leyes nacionales, también a instancia del Presidente de la República; y el control
preventivo en cuanto al pronunciamiento de la constitucionalidad del carácter
orgánico de las leyes calificadas como tales por la Asamblea Nacional."
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