DERECHO PENAL
De los delitos contra la fe pública. De la falsificación de sellos, timbres públicos y marcas. Falsificación de moldes.
El que haya falsificado solamente los moldes de los objetos indicados en: falsificación de sellos; sellos de autoridad nacional, o regional; y falsificación de timbres, empleando un medio inadecuado para la reproducción y distinto del uso de los instrumentos falsificados, será castigado con prisión de tres a dieciocho meses en el caso de "falsificación de sellos"; y de tres a seis meses en los siguientes casos: "sellos de autoridad nacional, o regional"; y "falsificación de timbres".
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