2 de agosto de 2013

Falsificación

DERECHO PENAL

De los delitos contra la fe pública. De la falsificación de sellos, timbres públicos y marcas. Falsificación de papel sellado.

El que haya falsificado el papel sellado, las estampillas, o el timbrado del papel oficial, será castigado con prisión de seis a treinta meses.

DERECHO PENAL

De los delitos contra la fe pública. De la falsificación de sellos, timbres públicos y marcas. Sellos para el papel sellado. Estampillas. 

Cualquiera que haya falsificado los sellos para el papel sellado, para las estampillas, o para cualquiera otra impresión timbrada, será castigado con prisión de tres a quince meses; y también el que haya falsificado algún papel especial que esté destinado expresamente para la impresión de los sellos dichos.

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