Según el
artículo 284 de la
Constitución de la República Bolivariana
de Venezuela son siete (7) años, al igual que el Contralor General de la República (288 CRBV), el
Defensor del Pueblo (280 CRBV)
Los
magistrados del Tribunal Supremo de Justicia serán elegidos por un único período
de doce (12) años, según el artículo 264 de la Constitución de la República Bolivariana
de Venezuela.
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