N° de Expediente: 96-1734
N° de Sentencia: 940
Tema: Acto Carnal con menor de 12 años
Materia: Derecho Penal
Asunto: Poder Paternal.
Materia: Derecho Penal
Asunto: Poder Paternal.
No debe entenderse en el caso
concreto y de manera restringida el término “poder paternal” empleado por el
legislador, en relación con el concepto de poder que ejercen los padres
biológicos, pues dadas las circunstancias en que se encontraban las menores, el
acusado era responsable de las niñas y se comportaba frente a éstas como si
fuera el padre y ejerciendo por tanto el poder derivado de tal estado y de todo
lo cual abusó. A ello hay que agregar que el artículo 216 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y
del Adolescente declara de acción pública “todos los hechos punibles cuyas
víctimas sean niños o adolescentes”, lo que en armonía con lo dispuesto en la
disposición legal denunciada como infringida, constituye motivo suficiente para
declarar con lugar la presente denuncia.
No hay comentarios.:
Publicar un comentario
Su comentario será respondido a la brevedad. ¡Gracias por comentar!