Imputación Pública
…la imputación pública del artículo
290 del Código Orgánico Procesal Penal, no puede ser tenida como tal, hasta que
en alguna forma el Ministerio Público lo señale como tal imputado mediante un
acto de procedimiento, que mal puede ser el auto de inicio de la investigación
que se decretó porque el imputado públicamente solicite se le investigue. Esta
es su voluntad, mas no la del órgano encargado
de la persecución penal que es la determinante.
Fuente: Sentencia No.
1636, Sala Constitucional Tribunal Supremo de Justicia, 17 de julio, año 2002: http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/scon/julio/1636-170702-02-1205-02-1255%20.HTM
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