16 de noviembre de 2015

16-11-2015 Homicidios

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

N° de Expediente: C00-0859 N° de Sentencia: 1703
Tema: Dolo.
Materia: Derecho Penal
Asunto: Homicidios Intencionales a Título de Dolo Eventual. Dolo Eventual.

En derecho Criminal se habla de dolo eventual cuando el agente se representa como posible o probable la consecuencia de su ejecutoria y, sin embargo, continúa procediendo del mismo modo: acepta su conducta, pese a los graves peligros que implica y por eso puede afirmarse que también acepta y hasta quiere el resultado. Se habla de culpa, en cuanto a imprudencia se refiere, respecto a casos típicos como el de quien descuidadamente limpia un arma e hiere accidentalmente a otro; pero cuando la temeridad es tan extrema que refleja un desprecio por los coasociados, las muertes acarreadas deben castigarse como homicidios intencionales a título de dolo eventual.

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