25 de noviembre de 2015

25-11-2015 Cannabis

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

N° de Expediente: C01-0375 N° de Sentencia: 500
Tema: Drogas
Materia: Derecho Penal
Asunto: Posesión Ilícita

Se entiende por posesión ilícita, la tenencia de la sustancia en cantidades que no sobrepasen los límites expresados en el mencionado artículo 36, es decir, dos (2) gramos, para los casos de posesión de cocaína y hasta veinte (20) gramos para los casos de cannabis sativa (marihuana).

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