TRIBUNAL SUPREMO
DE JUSTICIA
N° de
Expediente: C04-0422 N° de Sentencia: 196
Tema:
Homicidio
Materia: Derecho Penal
Asunto: Homicidio culposo - único caso donde no se aplica el art. 37 CP - Prescripción – calculo
Materia: Derecho Penal
Asunto: Homicidio culposo - único caso donde no se aplica el art. 37 CP - Prescripción – calculo
El homicidio
culposo (contemplado en el artículo 411 del Código Penal) es el
único caso en donde no se aplica el artículo 37 ejusdem, para
determinar el término medio, ya que para aplicar la pena, el juez
deberá apreciar el grado de culpabilidad del agente y en el caso de
resultar del hecho la muerte de varias personas o de una muerta y
otras heridas, el juez tiene la potestad de aumentar la pena hasta 8
años, pero no de manera arbitraria, sino motivada.
En tal sentido, para calcular la prescripción no puede estimarse simplemente con la aplicación del artículo 37 del Código Penal, para obtener un término medio, sino que a groso modo deberá calcularse con base al término superior de ocho años de prisión, toda vez que en el presente caso podría imponerse una pena superior a los cinco años, que contempla el artículo 411 en su primer párrafo, ya que del hecho imputado al acusado, resultó la muerte de varias personas.
En tal sentido, para calcular la prescripción no puede estimarse simplemente con la aplicación del artículo 37 del Código Penal, para obtener un término medio, sino que a groso modo deberá calcularse con base al término superior de ocho años de prisión, toda vez que en el presente caso podría imponerse una pena superior a los cinco años, que contempla el artículo 411 en su primer párrafo, ya que del hecho imputado al acusado, resultó la muerte de varias personas.
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