TRIBUNAL
SUPREMO DE JUSTICIA
N°
de Expediente: C01-0037 N° de Sentencia: 0186
Tema:
Homicidio
Materia: Derecho Penal
Asunto: Motivos Fútiles - Cuestión de caracter psíquico que debe manifestarse por una situación de hecho.
Materia: Derecho Penal
Asunto: Motivos Fútiles - Cuestión de caracter psíquico que debe manifestarse por una situación de hecho.
la
sola expresión de que el acusado no tenía motivo alguno para
disparar contra el occiso, no es suficiente para establecer que el
acusado ejecutó el hecho por motivos fútiles e innobles. En este
sentido, la Sala ha establecido reiteradamente que no basta afirmar
en el fallo que el homicida no tuvo aparentemente un móvil, para
concluir que por lo tanto actuó por motivos fútiles y aplicar la
calificante del ordinal 1° del artículo 408 del Código Penal, ya
que se trata de una cuestión de carácter psíquico, que debe
manifestarse por una situación de hecho, pero que hay que
establecerla en el fallo, para que su aplicación no resulte
arbitraria.
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