Art. 77 (CP)
* Al hablar de traición
en el #1 es como abusar de la
buena fe, entre otros aspectos. Dicho término se tiene que saber argumentar muy bien en lo que se emplee, ya que depende la
acción que se cometa.
Y sobre seguro (en
el #1) es cuando hablamos de la condición de la persona.
* En el #2 estamos
en presencia de los asesinos a sueldo,
ya que esos son los que cometen los delitos por un precio estipulado. Es una
agravante por el pago de dinero que se realiza.
* En el supuesto del #4
estamos hablando cuando hay torturas, ensañamiento;
en fin, es cuando se causan males innecesarios a lo que ya se está cometiendo. Ejemplo: que se secuestre a una persona
y se le realicen quemaduras, cortaduras, y todos aquellos males innecesarios.
* En el #5 se
habla de premeditación, lo cual
significa que el delincuente premedita el acto delictivo que cometerá (estamos
en presencia del Iter Criminis); es
decir, previamente se prepara para realizar el delito.
* En el #6 los
supuestos pueden ser de: alcabalas son supuestos “militares” o todo aquello que
se le parezca; personas que se disfracen de custodios o algo parecido para
esperar una remesa; entre otros.
* Cuando hablamos en el #7
de ignominia, esto quiere decir:
vergüenza, inmoralidad, desmérito, y todo aquello que se le parezca.
* En el #8 estamos
en presencia de un sobre seguro. Un ejemplo
sería que un sujeto (masculino) se aproveche de su fuerza y sexo, y así
secuestre a una chica para luego violarla y matarla.
* En el #9 un abuso
de confianza sería por ejemplo, que una persona le alquile la habitación a un
conocido para guardar todo lo relacionado con objetos muebles (lícitos), y éste
venga y lo que haga es guardar toda clase de sustancias psicotrópicas y
estupefacientes.
* El #11 da mayor
seguridad a la acción delictiva del delincuente.
* El #12 hace
referencia al tiempo y al lugar. Dicho artículo habla de noche porque la mayoría de las personas
descansan en ese momento, y la posibilidad de evitar el delito es muy baja en
comparación con el día; ya que en el día hay más posibilidad de evitarlo (el
delito).
- Nota: no es igual auxiliar a una persona de noche que de día.
De igual manera cuando se habla de despoblado se está refiriendo que no hay posibilidades de traslado alguno; no hay posibilidades
de socorro, ya que son sitios despoblados.
* En el #14 hace
referencia a los sobre seguros con
relación tanto a la edad como el sexo; ya que la persona cree que por
dicha condición de la víctima se puede valer para realizar el delito.
* Cuando hablamos de escalamiento
en el #15 nos estamos refiriendo a
todo acceso que no sea la entrada ordinaria o normal, como entrar por las ventanas de una casa.
En pocas palabras, es todo acceso diferente al normal.
¿Por qué es una
agravante el escalamiento?: porque se
entra causando un daño y hay alevosía.
* En dicho #17 es
cuando va en contra de un familiar;
puede ser por abuso de confianza o traición.
* En el #18
estamos en presencia del 64 #1 del
Código Penal.
* El #20 es
aquella persona que no puede estar
tranquila sin buscar problemas, es decir, una persona impulsiva, agresiva,
camorrista, etc.
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