La participación en el delito surge cuando
en la realización de un hecho punible, intervienen otras personas además del
autor, en calidad de instigador o de cooperador inmediato o de cómplice.
Formas
de participación que nuestro Código Penal regula en los artículos 83, 84 y 85
respectivamente, como fórmula de extensión de la responsabilidad penal que en
los tipos específicos consagra con vistas a su perfeccionamiento a cargo del
autor.
-
Artículo 83 CÓDIGO PENAL: “Cuando varias
personas concurren a la ejecución de un hecho punible, cada uno de los
perpetradores y de los cooperadores inmediatos queda sujeto a la pena
correspondiente al hecho perpetrado. En la misma pena incurre el que ha
determinado a otro a cometer el hecho.”
- Artículo 84 CÓDIGO PENAL: “Incurren en la pena correspondiente al respectivo hecho
punible, rebajada por mitad, los que en el hayan participado de cualquiera de
los siguientes modos:
1.
Excitando o reforzando la resolución de perpetrarlo o prometiendo asistencia y
ayuda para después de cometido.
2.
Dando instrucciones o suministrando medios para realizarlo.
3.
Facilitando la perpetración del hecho o prestando asistencia o auxilio para que
se realice, antes de su ejecución o durante ella. La disminución de pena
prevista en este artículo no tiene lugar, respecto del que se encontrare en
algunos de los casos especificados, cuando sin su concurso no se hubiera
realizado el hecho.”
- Artículo 85 CÓDIGO PENAL: “Las circunstancias agravantes o atenuantes inherentes a la
persona del delincuente o que consistieren en sus relaciones particulares con
el ofendido o en otra causa personal, servirán para atenuar o agravar la
responsabilidad solo de aquellos en quienes concurran.
Las que
consistieren en la ejecución material del hecho o en los medios empleados para
realizarlos, servirán para agravar la responsabilidad únicamente de los que
tuvieron conocimiento de ellas en el momento de la acción o en el de su
cooperación para perpetrar el delito.”
Con
relación a la naturaleza de la participación, un grupo de autores
vincula la participación a la causalidad: se trata de un solo hecho, de un
delito único y de diversos responsables; es decir, se trata de un concurso de varias personas en el delito.
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