La disciplina tarde o
temprano vencerá la inteligencia
DERECHO PENAL
TIPOS PENALES
Ley Contra el Secuestro y la Extorsión
Gaceta Oficial No. 39.194 de fecha 05 de junio de 2009
CAPÍTULO III
DE LA EXTORSIÓN
Artículo 18. Cambio ilícito del curso de
naves y aeronaves u otro medio de transportes. Quien por cualquier medio de extorsión capaz de generar
violencia, engaño, alarma o amenaza de graves daños contra personas o bienes,
constriña el consentimiento de una persona para cambiar el curso de aeronaves,
naves o cualquier otro medio de transporte colectivo, de carga o particular con
el fin de trasladarlos a un lugar distinto al de su destino o alterar su ruta,
será sancionado o sancionada con prisión de quince a veinte años.
Pena Corporal: 15 a 20 años de prisión.
Pena Normalmente Aplicable (Art. 37 CP): 17 años y 6 meses de prisión.
Frase reflexiva:
La disciplina tarde o
temprano vencerá la inteligencia
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