Semestre: Segundo-Pregrado
JORGE LEONARDO SALAZAR RANGEL
Tema # 2 La Patria Potestad
Causas de Privación y Restitución de la Patria Potestad
* Causas de Privación
El
ejercicio de la patria potestad puede verse afectado por la privación de la
misma, lo cual puede suceder de distintas maneras:
1) Por Vía Principal: Mediante el Juicio de Privación de patria potestad por las
causales provistas en el artículo 352 de la LOPNA.
El
padre o la madre o ambos pueden ser privados de la patria potestad cuando:
a) Los
maltraten física, mental o moralmente.
b)
Incumplan los deberes inherentes a la patria potestad.
e) Se
nieguen a prestarles alimentos.
f) Sean
declarados entredichos.
d)
Abusen de ellos sexualmente o los expongan a la explotación sexual.
c)
Traten de corromperlos o prostituirlos o fueren conniventes en su corrupción o
prostitución. (Entre otras).
2) Por Vía de Consecuencia: Como consecuencia de una sentencia dictada, los padres
pueden verse privados del ejercicio de la patria potestad, lo cual sucede en
los siguientes casos:
a)
Sentencia de divorcio y de separación de cuerpo (caso previsto en el artículo 351, Parágrafo 2do de la LOPNA).
b) Sentencias
Penales.
* Restitución de la Patria Potestad
Cuando
el padre o la madre han sido privados del ejercicio de la patria potestad,
pueden readquirirla mediante el
procedimiento de restitución, para
ello se toma en cuenta que la protección integral del menor está vinculada a la
existencia de una unión estable, sólida y armónica.
El artículo 355 de la LOPNA
establece la Restitución de la Patria Potestad:
“El
padre o la madre privados de la patria potestad pueden solicitar que se les
restituya, después de dos años de la sentencia firme que la decretó. La
solicitud debe ser notificada al Ministerio Público y de ser el caso, a la
persona que interpuso la acción de privación o al Consejo de Protección. El
Juez para evaluar la conveniencia de la restitución de la patria potestad, debe
oír la opinión del hijo, la del otro padre que la ejerza o de la persona que
tenga la guarda del hijo, según el caso. La solicitud de restitución de la
patria potestad debe estar fundada en la prueba de haber cesado la causal o
causales que motivaron la privación”.
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