Semestre: Segundo-Pregrado
JORGE LEONARDO SALAZAR RANGEL
Tema # 5 Estructura de la Constitución Venezolana
Artículo 130
C.R.B.V: Los
venezolanos y venezolanas tienen el deber de honrar y defender a la patria, sus
símbolos y valores culturales, resguardar y proteger la soberanía, la
nacionalidad, la integridad terrirotial, la autodeterminación y los intereses
de la Nación.
- Análisis Jurídico (130): Contiene el deber
que tienen los venezolanos de respetar
a la patria y a sus símbolos.
Artículo 131
C.R.B.V: Toda
persona tiene el deber de cumplir y acatar esta Constitución, las leyes y los
demás actos que en ejercicio de sus funciones dicten los órganos del Poder
Público.
- Análisis Jurídico (131): Contiene el deber
de cumplir y acatar la Constitución, y en
consecuencia lo que se deriva de la misma.
Artículo 132
C.R.B.V: Toda
persona tiene el deber de cumplir sus responsabilidades sociales y participar
solidariamente en la vida política, civil y comunitaria del país, promoviendo y
defendiendo los derechos humanos como fundamento de la convivencia democrática
y de la paz social.
- Análisis Jurídico (132): Contiene el deber
de cumplir las responsabilidades sociales y participar
en la vida política, comunitaria y civil del país.
Artículo 133
C.R.B.V: Toda
persona tiene el deber de coadyuvar a los gastos públicos mediante el pago de
impuestos, tasas y contribuciones que establezca la ley.
- Análisis Jurídico (133): Contiene el deber
de contribuir en los impuestos.
Artículo 134
C.R.B.V: Toda persona,
de conformidad con la ley, tiene el deber de prestar los servicios civil o
militar necesarios para la defensa, preservación y desarrollo del país, o para
hacer frente a situaciones de calamidad pública. Nadie puede ser sometido a
reclutamiento forzoso.
Toda persona tiene el deber de
prestar servicios en las funciones electorales que se les asignen de
conformidad con la ley.
- Análisis Jurídico (134): Contiene el deber de prestar el servicio militar o civil,
siempre y cuando no sea de carácter forzoso. El único aparte contiene el deber
de prestar servicios en las funciones electorales.
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