El autobús pasa una sola vez;
si corres con suerte, puede pasar dos veces; y difícilmente pasa tres veces. Aprovecha
las oportunidades que se te presentan, teniendo en cuenta que hay dos días en
la vida en los que no se puede hacer nada: uno se llama “ayer” y el otro se
llama “mañana”, por lo tanto, hoy es el día
N° de Expediente: A07-0086 N° de Sentencia:
370
Tema: Medidas
Materia: Derecho Procesal Penal
Asunto: Efecto suspensivo no es aplicable al auto que acuerda la Libertad
Miércoles, 04 de julio de 2007
...no puede ser conculcado el derecho a la libertad,
acordado en virtud de orden judicial, sea por el derecho a la impugnación, sea
por las finalidades del proceso, por cuanto el Estado en su función
jurisdiccional, tiene amplias potestades para la persecución penal y ello
incluye, evidentemente, la capacidad de aprehender nuevamente a una persona que
haya sido previamente liberada y que con ocasión de un recurso de apelación sea
acordada nuevamente la restricción de su libertad...
mantener la privación de libertad de una persona, pretextando el efecto suspensivo de la apelación, contra el auto que acuerda la libertad, es una violación al principio de la libertad garantizado en el texto constitucional...
el efecto suspensivo previsto en los artículos 374 y 439 del Código Orgánico Procesal Penal no es aplicable al Auto que acuerda la libertad
La frase del día:
El autobús pasa una sola vez;
si corres con suerte, puede pasar dos veces; y difícilmente pasa tres veces. Aprovecha
las oportunidades que se te presentan, teniendo en cuenta que hay dos días en
la vida en los que no se puede hacer nada: uno se llama “ayer” y el otro se
llama “mañana”, por lo tanto, hoy es el día
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