“La fe es la certeza de lo que no se ve y la
convicción de lo que se espera”
N° de Expediente: CC00-1155 N° de Sentencia: 1238
Tema: Nulidades
Materia: Derecho Procesal Penal
Asunto: Resolución de Solicitud de Nulidades. Art. 207 COPP
Jueves, 28 de septiembre de 2000
El Código Orgánico Procesal Penal en su Libro Primero,
Título VI, Capítulo II referente a las nulidades, señala que éstas las puede
decretar el juez de oficio o a petición del interesado y no señala que esta
petición de nulidad deba ser resuelta por un tribunal superior al de aquel juez
a quien se solicita.
La
frase del día:
“La fe es la certeza de lo que no se ve y la
convicción de lo que se espera”
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