“La educación es el arma más poderosa
que se puede usar para cambiar al mundo”
N° de Expediente: C11-116 N° de Sentencia: 370
Tema: Recusación
Materia: Derecho Procesal Penal
Asunto: Oportunidad procesal para intentar la acción
Martes, 11 de octubre de 2011
Con respecto a la oportunidad en la cual puede ser
realizada la recusación válidamente, sólo es admisible al intentarse dentro del
plazo establecido por ley, y en este sentido el artículo 93 del Código Orgánico
Procesal Penal consagra que puede proponerse hasta el día hábil anterior al
fijado para el debate, y a su vez el artículo 53 de la Ley Orgánica del
Tribunal Supremo de Justicia dispone:
“La inhibición o la recusación de los Magistrados o Magistradas podrá tener lugar hasta cuando venzan los lapsos de sustanciación, si es el caso, o dentro de los tres días siguientes al momento en que se produzca la causa que las motive”.
La frase del día:
“La educación es el arma más poderosa
que se puede usar para cambiar al mundo”
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