“Lo que piensas, lo serás. Lo que sientas, lo atraerás. Lo que imaginas,
lo crearás”
N° de Expediente: C01-0833 N° de
Sentencia: 132
Tema: Tribunal de Ejecución
Materia: Derecho Procesal Penal
Asunto: Las resoluciones dictadas por los jueces de ejecución en relación a la
materia de su competencia son por naturaleza unos autos
Miércoles, 20 de marzo de 2002
las resoluciones que dictan los jueces de ejecución en
relación con la materia de su competencia, esto es, sobre ejecución de las
penas y medidas de seguridad impuestas mediante sentencia firme, la libertad
del penado, las fórmulas alternativas de cumplimiento de pena, redención de la
pena por el trabajo y el estudio, conversión, conmutación y extinción de la
pena, son por su naturaleza unos autos.
N° de Expediente: CC01-0782 N° de
Sentencia: 013
Tema: Tribunal de Ejecución
Materia: Derecho Procesal Penal
Asunto: Competencia de los tribunales de ejecución. Solicitud de confinamiento
Lunes, 21 de enero de 2002
De acuerdo con el artículo 479 del Código Orgánico
Procesal Penal, los tribunales de ejecución tienen dentro de su competencia la
ejecución de las penas y medidas de seguridad impuestas mediante sentencia
firme, es decir, todo lo concerniente a la libertad del penado, las
alternativas de cumplimiento de pena, redención de la pena por el trabajo y el
estudio, conversión, conmutación y extinción de la pena; la acumulación de las
penas en caso de varias sentencias condenatorias dictadas en procesos distintos
contra la misma persona; así como el cumplimiento adecuado del régimen
penitenciario.
La frase del día:
“Lo que piensas, lo serás. Lo que sientas, lo atraerás. Lo que imaginas,
lo crearás”
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