“Cometer un error y no corregirlo es otro error” Confucio
N°
de Expediente: 02-0402 N° de Sentencia: 588
Tema: Recursos
Materia: Derecho Procesal Penal
Asunto: Imposibilidad de interponer recurso de apelación o recurso
de nulidad, en contra las decisiones de las Cortes de Apelaciones
Viernes, 13 de diciembre de 2002
El
actual régimen procesal penal, no prevé la posibilidad de interponer recurso de
apelación o recurso de nulidad en contra de las decisiones dictadas por las
Cortes de Apelaciones.
N°
de Expediente: C01-0136 N° de Sentencia: 265
Tema: Recursos
Materia: Derecho Procesal Penal
Asunto: Recurso de nulidad. Admisibilidad
Miércoles, 05 de junio de 2002
de
conformidad con el artículo 511 del Código Orgánico Procesal Penal, (hoy
artículo 526), el recurso de nulidad sólo sería admisible contra las decisiones
dictadas por los suprimidos tribunales de reenvío o contra las sentencias de la Corte de Apelaciones de la Circunscripción Judicial
del área Metropolitana de Caracas, dictadas en los expedientes remitidos por los
citados tribunales.
La frase del día:
“Cometer un error y no corregirlo es otro error” Confucio
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