Tema: Tribunales de Juicio
Materia: Derecho Procesal Penal
Asunto: Motivación de sentencia
Miércoles, 28 de noviembre de 2007
...la motivación que realiza el Juez de Juicio, proviene
de un razonamiento lógico, que se obtiene de la distinción, concatenación y
comparación de todos los elementos y circunstancias observadas durante el
juicio, a través del cual el sentenciador, conforme a la valoración propuesta
en el artículo 22 del Código Orgánico Procesal Penal, establece el hecho y determina
el derecho aplicable.
Motivar es realizar una explicación detallada y concordada de los fundamentos de hecho y de derecho determinados en el debate, de las condiciones que determinan la culpabilidad del acusado, los elementos probatorios aportados y valorados para su tipificación, los elementos descartables y las circunstancias de la acción, culpabilidad y punibilidad de la conducta asumida por el infractor, pues tales condiciones soportan el fin de la resolución judicial.
La frase del día
“No permitas que nadie sea el semáforo
de tu vida. Solo TÚ decides cuando paras, cuando esperas y/o cuando avanzas”
La palabra del día
Corolario: Proposición que no necesita prueba particular y se deduce con
facilidad de lo demostrado previamente.
Un día como hoy
4 de enero:
- En 1827, encuentro
de Bolívar y Páez al pie del Cerro de Naguanagua.
- En 1860, murió
Rafael María Baralt en Madrid, España.
No hay comentarios.:
Publicar un comentario
Su comentario será respondido a la brevedad. ¡Gracias por comentar!