TÍTULO XIX
DEL RÉGIMEN
SANCIONATORIO
Capítulo II
De los Delitos Electorales
Conocimiento de los ilícitos electorales
Artículo 229. El Consejo Nacional Electoral conocerá, mediante los
procedimientos sancionatorios previstos en la presente Ley, de las infracciones
a las previsiones contenidas en el Título VI Campaña Electoral de la Ley y del
Reglamento que el mismo dicte en ejercicio de sus competencias.
Los ilícitos que determine el Consejo Nacional Electoral,
serán sancionados de conformidad con los términos previstos en este Capítulo.
Fuente de la
información: Ley
Orgánica de Procesos Electorales. Gaceta Oficial de la República Bolivariana de
Venezuela No. 5.928 Extraordinario de fecha 12 agosto 2009.
La frase del día
“La educación pasiva no sirve… La
educación solo funciona cuando es activa”
Freddy Vega
La
palabra del día
Vehemente:
Que tiene una fuerza
impetuosa. Un discurso vehemente.
Ardiente y
lleno de pasión.
Dicho de una
persona: Que obra de forma irreflexiva, dejándose llevar por los impulsos.
Un día como hoy
23 de mayo:
- En 1813,
Simón Bolívar es aclamado por primera vez Libertador
a su llegada a la ciudad de Mérida.
- En 1899,
Cipriano Castro, levantado en armas contra el gobierno de Ignacio Andrade,
cruzó el río Táchira en una victoriosa marcha hacia Caracas, conocida como la Revolución Liberal Restauradora: también
conocida como la Invasión de los 60.
- En 1951, la
Orquídea venezolana es originaria de la Cordillera de la Costa. Mediante
decreto oficial: fue declarada como la flor nacional.
- En 1986,
murió en Caracas: Héctor Guillermo Villalobos, quien fue poeta, periodista,
educador y político.
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