N° de Expediente: C05-0496
N° de Sentencia: 047
Tema: Recurso de Apelación
Materia: Derecho Procesal Penal
Asunto: Infracción del numeral 1 del artículo 452 del COPP
http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/scp/marzo/047-2306-2006-C05-0496.HTML
Jueves, 02 de marzo de 2006
El numeral 1 del artículo 452 del Código
Orgánico Procesal Penal señala uno de los motivos que hacen procedente el
recurso de apelación y por consiguiente no puede ser infringido por los
juzgadores de instancia.
La frase del día
“Las palabras están hechas de plata; el
silencio está hecho de oro”
La palabra del día
Beneplácito: Aprobación con permiso.
Un día como hoy
3 de junio:
- En 1938, murió en Mérida, su
ciudad natal, Tulio Febres Cordero: profesor universitario, escritor,
periodista e historiador.
- En 1979, se celebraron las
primeras elecciones municipales en Venezuela. En esta oportunidad, el partido
político Social Cristiano COPEI, obtuvo la victoria, seguido por Acción
Democrática y la Izquierda Unida.
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