N° de Expediente: C02-0136 N° de Sentencia: 208
Tema: Recurso de Revisión
Materia: Derecho Procesal Penal
Asunto: Improcedencia del Recurso de Casación contra sentencias dictadas por
las Cortes de Apelaciones que nieguen el extraordinario Recurso de Revisión
Martes, 30 de abril de 2002
contra las sentencias dictadas por las Cortes de Apelaciones
que nieguen el extraordinario recurso de revisión, tal y como se plantea en el
presente caso, a la luz de lo dispuesto en el Código Orgánico Procesal Penal,
no existe recurso de casación, ya que no se está resolviendo un recurso de
apelación ni se está poniendo fin al juicio, ni se impide su continuación, toda
vez que como señala el artículo 470 del Código Orgánico Procesal Penal, la
revisión procederá contra la sentencia firme, en todo tiempo y únicamente a
favor del imputado; es decir, su aplicación procede ex proceso.
La frase del día
“Las claves del éxito: creatividad,
disciplina y timing” Marca Personal
2018 / Platzi
La palabra del día
Gnomo: Ser fantástico, reputado por los
cabalistas como espíritu o genio de la tierra, y que después se ha imaginado en
forma de enano que guardaba o trabajaba los veneros de las minas. En los
cuentos infantiles, geniecillo o enano.
Un día como hoy
18 de julio:
- En 1872,
murió Benito Pablo Juárez García, abogado y político mexicano, de origen
indígena. Se le conoce como el “Benemérito de las Américas”.
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