Sentencia de fecha 05 de marzo de 2021, Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia: PONENCIA CONJUNTA.
" Así, debe entenderse la interpretación del principio de preclusión o eventualidad dentro del recurso de casación civil, aplicación ésta que por efecto del principio de expectativa plausible, comenzará a aplicarse una vez que sea publicado el presente fallo y así se decide. "
SEGUNDO: Se deja establecido vía obiter dictum, la interpretación del principio preclusivo o de eventualidad procesal, sólo a los efectos del recurso extraordinario de casación.
No hay condenatoria en costas del proceso, dada la naturaleza de la presente decisión.
Se ordena la publicación del presente fallo en la Gaceta Judicial de la República Bolivariana de Venezuela y su reseña en el portal web del Tribunal Supremo de Justicia, así, como en la página secretaria.salacivil@tsj.gob.ve bajo el título: “Interpretación del principio preclusivo o de eventualidad procesal, sólo a los efectos del recurso extraordinario de casación”
Enlace a la Sentencia:
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