Sentencia No. 1242 emanada en fecha 16-AGO-2013 por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia: Magistrado Ponente: Arcadio Delgado Rosales
De allí que, en dicha oportunidad, el Ministerio Público debe exponer oralmente la acusación ya presentada y ratificar su contenido, mas no puede introducir ningún cambio al margen de la ley, pues ello se traduciría en el menoscabo del derecho a la defensa de la parte acusada, quien sería sorprendida con elementos desconocidos que no constaban en las actuaciones procesales y, por ende, necesitaría preparar y adaptar su defensa respecto de lo incorporado.
Enlace a la Sentencia:
http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/scon/agosto/1242-16813-2013-12-1283.HTML
La frase del día
"Sólo los dioses y los muertos pueden parecer perfectos impunemente"
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