2 de julio de 2022

02-07-2022: apelación sobreseimiento

Sentencia No. 35 dictada en fecha 13-MAY-2021 por la Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia: Magistrada Ponente: Doctora FRANCIA COELLO GONZÁLEZ

Contra la mencionada decisión, la abogada Raquel Antonia Hernández Hurtado, actuando con el carácter de Fiscala Provisoria en la Fiscalía Sexta del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del estado Monagas, ejerció recurso de apelación, de conformidad con lo establecido en el artículo 444 numerales 3 y 5 del Código Orgánico Procesal Penal, tramitando el Tribunal Segundo de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Monagas, el recurso como si hubiese sido interpuesto contra una sentencia definitiva y, de lo que guardó silencio la Corte de Apelaciones, pese a que resolvió inadmitir el recurso por no haber sido fundamentado dentro del lapso del artículo 440 eiusdem, referido a las apelaciones de auto.
En razón de lo expuesto, no queda dudas para la Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia, que en el caso que nos ocupa, no se dio cumplimiento a lo establecido en el Título III, Capítulo I del Código Orgánico Procesal Penal relacionado con la tramitación del recurso de apelación de autos, lo cual comportó un error in procedento, violatorio de la tutela judicial efectiva y el debido proceso y derecho de la defensa establecidos en los artículos 26 y 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. 
En este sentido, esta Sala de Casación Penal, en Sentencia N° 187 del 02 de julio de 2018, estableció con relación al trámite de apelación de la decisión que dicta el sobreseimiento, debe substanciarse bajo el procedimiento de apelación de auto, so pena de nulidad, dejando sentado lo siguiente:

Enlace a la Sentencia:
http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/scp/mayo/312078-035-13521-2021-C21-13.HTML

La frase del día
"Los monstruos más temibles son los que se esconden en nuestras almas" Edgar Allan Poe

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