Sentencia No. 630 de fecha 16-AGO-2022 dictada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia: MAGISTRADO PONENTE: LUIS FERNANDO DAMIANI BUSTILLOS
Asimismo, señaló que “(…) la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia ha resaltado que ‘la procedencia del habeas corpus depende de la ilegitimidad de la privación de libertad en la medida que la detención debe haber sido impuesta por una autoridad administrativa, policial o judicial, con violación de normas constitucionales, o excediéndose dicha autoridad en el ejercicio de sus atribuciones legales, o en los plazos en que se mantiene la detención’ (Vid., entre otras, sentencias de esa Sala números 1.635 del 19 de noviembre de 2013 y 571 del 8 de mayo de 2015)”.
Enlace a la Sentencia:
http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/scon/agosto/319287-0630-16822-2022-21-0473.HTML
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