La frase del día
"Los cobardes mueren muchas veces antes de perecer. Los valientes prueban la muerte una sola vez"
Sentencia No. 337 de fecha 14-AGO-2019 emanada por la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia: Ponencia de la Magistrada Doctora MARJORIE CALDERÓN GUERRERO
Mediante decisión N° 0220, dictada en fecha 3 de abril de 2017 (...), esta Sala de Casación Social, haciendo referencia al vicio de incongruencia indicó, que:
(…) es necesario traer a colación lo pronunciado por el maestro uruguayo Enrique Véscovi, al señalar:
Resultaría inconsecuente con lo sostenido antes de que el objeto de la sentencia (de primera y también de segunda...) está delimitado por las pretensiones de las partes (principio de la congruencia), admitir ahora que el tribunal de alzada puede ir más allá de lo pedido por el apelante. Es, repetimos, la consecuencia del principio dispositivo del “ne procedat iure ex officio” y “nemo iudex sine actore”. Dado que la segunda (o tercera, o aún la casación como veremos) se abre sólo por iniciativa de la parte que interpone el recurso y conforme a su pedido. Es en este sentido que se dice que la expresión de agravios es la acción (pretensión) de la segunda instancia (VESCOVI, Enrique, “Los Recursos Judiciales y demás Medios Impugnativos en Iberoamérica”, Ediciones Depalma, Buenos Aires, 1988, p.163.) (Subrayado y negritas de la Sala)
La configuración del vicio en referencia se fundamenta en la vulneración de los principios “tantum devolutum quantum apellatum” y “reformatio in peius”, que soportan la obligación que se impone a los jueces de alzada de ceñirse rigurosamente al fuero de conocimiento atribuido en razón del recurso de apelación ejercido y en tal sentido, las facultades o potestades cognitivas del Juez quedan absolutamente circunscritas al gravamen denunciado por el apelante.
Enlace a la Sentencia:
Palabras clave: reforma en perjuicio, reformatio in peius.
La frase del día
"Los cobardes mueren muchas veces antes de perecer. Los valientes prueban la muerte una sola vez"
No hay comentarios.:
Publicar un comentario
Su comentario será respondido a la brevedad. ¡Gracias por comentar!