Ponencia de la Magistrada Doctora ELSA JANETH GÓMEZ MORENO
Atendiendo los criterios jurisprudenciales y la normativa precedentemente expuesta, el desistimiento de la abogada (...), de la pretensión avocatoria formulada ante esta Sala de Casación Penal, constituye una expresa manifestación de voluntad realizada, en este caso, por la referida profesional del derecho, pretensión a la cual se adhirieron sus defendidos, en virtud de que la Sala Constitucional de esta Máxima Instancia emitió pronunciamiento sobre el presente proceso penal, y visto que dicha solicitud se encuentra ajustada a Derecho ya que se cumple con los requisitos legales necesarios, resultando por tanto inviable dar curso a la acción avocatoria y juzgar sobre la pretensión interpuesta.
Enlace a la Sentencia:
Palabras clave: Tribunal Supremo de Justicia, TSJ, derecho, justicia, ley, código, sentencia, Constitución.
La frase del día
"El ejemplo es lo que arrastra"
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