DERECHO PROCESAL PENAL
Antejuicio de mérito. Es un privilegio procesal que tienen una serie de altos funcionarios públicos.
Fiscal General de la República o persona que tenga condición de víctima (la víctima debe formalizar el recurso con la intervención del Fiscal General de la República) >>> T. S. J. >>> Si hay mérito para seguir conociendo de la causa, el T. S. J. seguirá conociéndola, previa autorización de la A. N. (en el caso de solicitar antejuicio de mérito para el Presidente de la República Bolivariana de Venezuela).
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Sentencia Nº 1331, 20 junio 2002, Sala Constitucional T. S. J.
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