10 de mayo de 2013

Sublevación en armas

DERECHO PENAL

Sublevación en armas. Cualquiera que, en tiempo de guerra de alguna nación extranjera con Venezuela, aparezca sublevado en armas contra el gobierno legítimo de Venezuela, y no las deponga a la primera intimación de la autoridad pública, será castigado con pena de presidio de 18 a 25 años.

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