DERECHO PENAL
De los delitos contra la fe pública. De la falsedad en pasaportes, licencias, certificados y otros actos semejantes.
Falsificación de pasaportes y licencias. Será penado con prisión de quince (15) días a nueve (9) meses:
1. El que haya falsificado licencias, pasaportes, itinerarios, o permisos de residencia.
2. El que de alguna manera haya alterado documentos originariamente verdaderos, de la clase de los indicados en el numeral anterior, con el objeto de atribuirlos o referirlos a personas, tiempos o lugares diferentes de los expresados, o falsamente hiciere aparecer ejecutadas o cumplidas las condiciones requeridas para la validez y eficacia en los mismos documentos.
3. El que haya hecho uso de las licencias, itinerarios, pasaportes, o permisos de residencia, falsificados o alterados, o los haya dado a un tercero con el mismo objeto.
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