LEY ORGÁNICA SOBRE EL DERECHO DE LAS MUJERES A UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA
DEL INICIO DEL PROCESO. DEL PROCEDIMIENTO ESPECIAL
Revisión y decisión de las medidas
Dentro de los tres días de despacho siguientes a la recepción de las
actuaciones, el Juez de Control, Audiencia y Medidas revisará las medidas, y
mediante auto motivado se pronunciará, modificando, sustituyendo, confirmando o
revocando las mismas.
FUENTE: Ley Orgánica sobre el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia.
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