Interposición
El Recurso de Revisión se interpondrá por escrito
que contenga la referencia concreta de los motivos en que se funda y las
disposiciones legales aplicables.
Junto con el escrito se promoverá la prueba y se
acompañarán los documentos.
Fuente: Código
Orgánico Procesal Penal. Nº 6078 Extraordinario del 15 de junio de 2012.
No hay comentarios.:
Publicar un comentario
Su comentario será respondido a la brevedad. ¡Gracias por comentar!