18 de marzo de 2014

Art. 469

Recurso
Ni la negativa de la revisión, ni la sentencia confirmatoria, impedirán la interposición de un recurso fundado en motivos distintos; pero las costas de una revisión rechazada están a cargo de quien la interponga, si fuere el caso. 

Fuente: Código Orgánico Procesal Penal. Nº 6078 Extraordinario del 15 de junio de 2012.

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