NORMAS SOBRE LA ACTUACIÓN DE LA FUERZA ARMADA
NACIONAL BOLIVARIANA EN FUNCIONES DE CONTROL DEL ORDEN PÚBLICO, LA PAZ SOCIAL Y LA CONVIVENCIA CIUDADANA
EN REUNIONES PÚBLICAS Y MANIFESTACIONES
CAPÍTULO I
Disposiciones Generales
Artículo 3°. Ámbito de Aplicación. La presente normativa es aplicable a la Fuerza Armada
Nacional Bolivariana en el ejercicio de sus funciones relativas a la garantía
del orden público, la paz social y la convivencia ciudadana en reuniones
públicas y manifestaciones. Las disposiciones de la presente normativa serán
aplicables en tiempos de paz.
Fuente: Gaceta Oficial No. 40.589. Resolución No. 008610 de fecha 27 enero 2015.
Fuente: Gaceta Oficial No. 40.589. Resolución No. 008610 de fecha 27 enero 2015.
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