19 de febrero de 2015

Desvío

DERECHO PENAL

TÍTULO VI
DE LOS DELITOS Y DE LAS PENAS

Capítulo II
Delitos comunes

Artículo 154. Desvío de sustancias químicas. La persona que desvíe o transfiera las sustancias químicas de sus usos lícitos con fines ilícitos, será penada con prisión de ocho a diez años.

Fuente: LEY ORGÁNICA DE DROGAS. GACETA OFICIAL N° 39.546. VIERNES 5 DE NOVIEMBRE DE 2010.

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