Domicilio: Individualiza a la persona desde el punto de vista territorial. Respecto
a la vida jurídica la une en un lugar determinado.
La
palabra “domicilio” en sentido jurídico liga a la persona con un lugar preciso
del territorio.
La
noción de “domicilio” está ligada a la de Asiento Principal (centro de los
intereses económicos o profesionales de una persona. Artículo 27 C.C.
Residencia: Es lugar
donde habitualmente se encuentra, o vive la persona. Esta sede es la más o
menos estable de la persona, pero no perpetua y continua, porque no se pierde
ni se cambia por alejarse temporalmente de la misma.
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