El
Recurso de Revocación procederá solamente contra los autos de mera sustanciación,
a fin de que el tribunal que los dictó examine nuevamente la cuestión y dicte
la decisión.
Durante
las audiencias sólo será admisible el Recurso de Revocación, el que será
resuelto de inmediato sin suspenderlas.
Salvo
en las audiencias orales, este Recurso se interpondrá en escrito fundado,
dentro de los 3 días siguientes a la notificación. El tribunal resolverá dentro
del plazo de 3 días y la decisión que recaiga se ejecutará en el acto.
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