Tribunal Supremo
de Justicia
N° de
Expediente: C00-0607 N° de Sentencia: 1322
Tema:
Hurto
Materia: Derecho Penal
Asunto: Hurto Calificado: consumación. Art. 455 CP.
Materia: Derecho Penal
Asunto: Hurto Calificado: consumación. Art. 455 CP.
El hurto se
consuma con el solo apoderamiento o la sustracción o hasta con la
remoción instantánea del objeto, lo cual constituye el agotamiento
de la acción subjetiva, aunque se haya frustrado el lucro que el
ladrón perseguía en relación con la cosa hurtada;
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