N° de
Expediente: C10-014 N°
de Sentencia: 300
Tema: Robo
Materia:
Derecho Penal
Asunto: Delito de robo - Delito Instantáneo
El hecho de que el acusado no pudiera disponer de
los bienes robados, no obsta para que el delito de robo en cualquiera de sus
modalidades, resulte consumado, lo contrario, sería admitir que una persona
después de haberse apoderado por medio de la violencia de un bien mueble ajeno,
siendo aprehendido después del hecho, incluso con los objetos robados, no
cometió el delito por falta de disposición de los mismos, en virtud de que el
robo es un delito instantáneo, que se consuma con el apoderamiento por la
fuerza de los bienes, lo cual resulta inaceptable.
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